La asociación náutica española produce una guía de las consecuencias de Brexit

La asociación nacional de empresas náuticas ANEN está inmersa en negociaciones con las autoridades españolas que tienen como objetivo minimizar los efectos negativos de Brexit en la navegación de recreo. El acuerdo de Brexit no incluye normas específicas que afecten directamente a la navegación de recreo. En los próximos once meses, se puede llegar a acuerdos bilaterales o recíprocos que flexibilicen los efectos.

El sector náutico se enfrenta a un desafío debido al impacto económico de los turistas y residentes británicos en la actividad de la náutica de recreo en España y a la representación que la industria náutica del Reino Unido tiene en España. Con las empresas del sector náutico enfrentándose a cambios que afectan a su negocio, ANEN ha preparado una guía de las principales consecuencias de Brexit.

A partir del 1 de enero de 2021, de acuerdo con la normativa española vigente, los ciudadanos británicos pueden patronear embarcaciones matriculadas en el Reino Unido, pero no pueden seguir beneficiándose del reconocimiento de sus títulos náuticos para barcos de recreo con patrón bajo la bandera española, ya que el Reino Unido se considera ahora un tercer país. Lo mismo se aplica a los barcos de alquiler.

ANEN está trabajando con el Dirección General de la Marina Mercante para que los títulos náuticos del Reino Unido sean reconocidos en España. La normativa española de alquiler de embarcaciones permite que las embarcaciones destinadas al alquiler exhiban tanto la bandera española como cualquier bandera de la UE, pero a partir del 1 de enero, las embarcaciones de menos de 14 metros y con bandera del Reino Unido no pueden dedicarse a la actividad de alquiler náutico en aguas españolas. Para ello, es necesario cambiar las banderas de estas embarcaciones y su registro marítimo tiene que ser de cualquier país de la UE.

Este es otro de los temas en los que ANEN está trabajando con la dirección para encontrar soluciones y beneficiar a una actividad que cada vez más está en el centro de atención del sector náutico.

La salida del Reino Unido de la UE significa, entre otras cosas, que el flujo de buques entre España y el Reino Unido ya no se considerará una operación intracomunitaria y estará sujeto a formalidades aduaneras. En lo que respecta al impuesto de matriculación del IEDMT, si la persona que utiliza el buque con pabellón del Reino Unido es residente en ese país, el impuesto no se devengaría mientras cumpliera con las limitaciones establecidas en la normativa fiscal.

La guía de ANEN considera otras implicaciones fiscales de Brexit. La guía puede ser consultada a través de la página web de ANEN (anen.es), siendo el enlace directo www.anen.es/download/general/General/Guia-ANEN_Efectos-Bresxit-en-la-nautica-de-recreo_Espana.pdf.

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